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Reglas de tránsito mexicanas.

 

Cada ciudad tiene reglamentos y normas que se adecuan al tamaño, la densidad poblacional y la cultura ciudadana. Si estamos de viaje por la CDMX, nos conviene saber cuáles son las reglas de tránsito mexicanas que debemos conocer

Cuáles son los derechos y responsabilidades de los peatones en la CDMX

Si vamos caminando por la ciudad y necesitamos cruzar una calle, debemos hacerlo  por las esquinas o usar los cruces peatonales en las vías primarias y vías secundarias con más de dos carriles de circulación; para usar las vías secundarias que cuentan con dos carriles de circulación podremos cruzar en cualquier punto, siempre y cuando sea posible hacerlo de manera segura.

Los peatones tenemos preferencia de paso en las intersecciones controladas por semáforos, cuando:

1) La luz verde está puesta e indica el paso a los peatones 

2) Si después de habernos cedido el paso de acuerdo con el ciclo del semáforo y no alcanzamos a cruzar la vía, los conductores deben parar

3) Los vehículos van a dar vuelta para incorporarse a otra vía y nos encontremos cruzando aún, también deben cedernos el paso

Lo que debemos saber si conducimos por la CDMX  

Si vamos conduciendo por la ciudad, debemos saber que un agente de tránsito es la autoridad en la CDMX que nos puede aplicar la sanción de puntos en nuestra la licencia según su criterio, en el caso de que nosotros quebrantemos alguna regla vial. A continuación, vamos a repasar lo que está prohibido mientras conducimos por la ciudad:

  • No debemos utilizar la bocina sin una razón justificada, especialmente en condiciones de congestión vehicular, así como no hacer ruido excesivo con el motor.
  • Se prohíbe instalar o utilizar en los vehículos de motor:

a) Bandas de oruga, ruedas o neumáticos metálicas u otros mecanismos de tracción que dañen la superficie del pavimento

b) Faros en nuestro vehículo que no cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas y que pongan en riesgo la seguridad de los conductores o peatones

c) Se prohíbe el uso de luces de neón y/o porta placas que bloquean la visibilidad de la matrícula del vehículo y/o micas, láminas transparentes u obscuras sobre las mismas

d)  Sistemas anti radares de velocidad

e) Modificar el sistema de escape del vehículo con la finalidad de provocar ruido excesivo

f) Usar las bocinas en exceso

g) Está prohibido colocar películas de control solar (polarizado) u oscurecimiento de vidrios laterales o traseros en un porcentaje mayor al 20%.

Cuando se necesiten por razones médicas, deberá constar en la tarjeta de circulación las especificaciones hechas por el médico.

Siempre debemos hacer lo correcto

  • Al estacionar un vehículo de motor en la vía pública, los conductores debemos tomar en cuenta las siguientes disposiciones:
  • El vehículo deberá quedar orientado en el sentido de la circulación.
  • Si somos conductores de un automóvil y viajamos con niños o menores de doce años o que midan menos de 1.45 metros de altura, debemos asegurarnos que ocupen una de las plazas traseras sobre la hilera posterior a los asientos del conductor o del copiloto y que el asiento cuente con cinturón de seguridad de tres puntos.

Los menores deben ser transportados en un sistema de retención infantil o asiento elevador colocado adecuadamente, que cumpla con los estándares de seguridad y cuente con un sistema de anclaje adecuado. No debemos olvidar pedir a los menores que se mantengan en el asiento por su propia seguridad.

Es muy recomendable llevar con nosotros las reglas de tránsito mexicanas (impresas o digitales), así sabremos con certeza si la falta cometida se sanciona con el "corralón".

Algo que puede ser de gran utilidad, es identificar las instituciones y números de emergencia en la CDMX porque tendremos acceso a las dependencias que pueden prestarnos auxilio en caso de necesitarlo.

Qué pasa cuando nos sancionan en la vía pública

Si durante nuestro recorrido por la ciudad cometemos una infracción, seguramente seremos detenidos por un agente de tránsito y éste procederá de la siguiente manera:

a) Nos pedirá detenernos.

b) Se identificará con su nombre y número de placa.

c) Nos señalará la falta cometida y nos deberá mostrará el artículo del Reglamento que lo fundamenta.

d) Aplicará una amonestación verbal por la conducta y nos indicará la acción correcta para transitar de acuerdo al reglamento.

e) En México está prohibido por ley insultar o denigrar al agente de tránsito; si esto sucediera debemos saber que  procederá a su remisión ante el Juez Cívico. Y aquí hablamos de sanciones fuertes.

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